Podrá ser miembro de la Asociación, toda persona sin limitación alguna de sexo, nacionalidad o condición.
Las personas que deseen ingresar a la Asociación Inclusivamente, deberán asistir al menos a dos reuniones consecutivas de la misma y presentar su solicitud de incorporación ante la asamblea, fundando por escrito la motivación de ingreso, manifestando además su plena conformidad con los fines de la Institución, y comprometiéndose el solicitante a cumplir fielmente los estatutos, los reglamentos y los acuerdos del Directorio y de la Asamblea General.
El Directorio deberá pronunciarse sobre las solicitudes de ingreso, en la primera sesión que celebre después de presentadas éstas. En ningún caso podrán transcurrir más de treinta días desde la fecha de la presentación, sin que el Directorio conozca de ellas y resuelva, transcurrido el plazo, la solicitud se entenderá aceptada. Las solicitudes de ingreso presentadas con diez días de anticipación a la fecha de celebración de una Asamblea General en que deban realizarse elecciones, deberán ser conocidas por el Directorio antes de dicha Asamblea.
- El Directorio deberá comunicar su decisión al solicitante dentro de los siete días siguientes a la presentación. Dicha decisión además deberá ser informada a todos los miembros en la reunión más próxima. Su aceptación o rechazo no podrá fundarse en razones de orden político o religioso.
- La inscripción en el registro de socios, debe efectuarse el mismo día de la aceptación que efectuare el directorio.
- El nuevo socio deberá pagar una cuota de incorporación, monto que se fijará anualmente en la primera reunión anual de la organización.
- El libro de registro debe contener número de orden, nombre, Rut, domicilio y firma del asociado.